Oficina de Derechos Lingüísticos (ODL)

Oficina de Derechos Lingüísticos (ODL)

La Oficina de Derechos Lingüístico se creó mediante el Decreto 187/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regula el funcionamiento de la Oficina de Derechos Lingüísticos, regulación modificada y completada por el artículo 136 de la Ley 8/2022, de Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y organización de la Generalitat.

Esta normativa y regulación determina el objeto, el ámbito de actuación y las funciones de la Oficina de Derechos Lingüísticos, así como el procedimiento a seguir para la formulación de quejas, sugerencias y consultas en materia de vulneración de derechos lingüísticos.

 

¿QUÉ SON LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS?

La legislación europea, estatal y autonómica reconocen a la ciudadanía unos derechos relacionados con el conocimiento y el uso de las lenguas, es el que se conoce como derechos lingüísticos.

La Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea prohíbe «toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual», incluye, por lo tanto, expresamente la lengua como motivo de discriminación.

En algunos casos la protección jurídica está vinculada al carácter oficial de la lengua. Es el caso de la Constitución española, el Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana y la Ley de uso y enseñanza del valenciano, pero no siempre es así: de la Carta europea de las lenguas regonales o minoritarias se derivan derechos lingüísticos sobre el uso de lenguas que no son oficiales en el territorio o país donde se hablan.

Además, el derecho de usar una lengua regional o minoritaria en la vida pública o privada es un derecho considerado inalienable de acuerdo con los principios que contiene el Pacto internacional de derechos civiles y políticos de las Naciones Unidas y según el espíritu de la Convención del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

El Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana establece que valenciano y castellano son los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, que todos tienen derecho a conocerlos y a usarlos y que la Generalitat garantizará el uso normal de las dos lenguas. Además, también proclama que nadie podrá ser discriminado por razón de su lengua. Estos principios básicos son los que recoge también La Ley de uso y enseñanza del valenciano que, al igual que el Estatuto de autonomía, establece que la lengua propia de la Comunitat Valenciana es el valenciano y que la Administración adoptará las medidas que haga falta para impedir la discriminación de ciudadanos o actividades por el hecho de usar cualquier de las dos lenguas oficiales, así como para garantizar el uso normal, la promoción y el conocimiento del valenciano.

En la ratificación de la firma de la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias del Estado Español, este se compromete a facilitar y promover, en diferentes ámbitos de la vida pública y privada, el uso de las lenguas que las distintas comunidades autónomas, con lengua propia diferente al castellano, reconocen como oficiales.

Preguntas más frecuentes

  • Vela por el cumplimiento y la aplicación de la normativa legal sobre el uso de las lenguas oficiales en la Comunidad Valenciana.
  • Asesora las instituciones y particulares en el ejercicio de los derechos lingüísticos reconocidos por el ordenamiento jurídico.
  • Canaliza las quejas, sugerencias y consultas por discriminación lingüística que formula la ciudadanía.

 

¿Como funciona la ODL?

La ODL tramita las quejas y las sugerencias que se formulan en materia de derechos lingüísticos. Con esta finalidad, ofrece a la ciudadanía un mecanismo que trata de resolver sus demandas de una manera ágil y eficaz. La ODL asumirá el papel de mediadora entre la parte reclamante y la parte que ha originado los hechos denunciados, poniéndose en contacto, no solo con las instituciones públicas sino también con las personas jurídicas de carácter privado que son objeto de queja.

Es importante señalar que la ODL no tiene carácter sancionador y que en consecuencia no puede aplicar ninguna medida de este tipo. Esta no es su finalidad; el que hace la ODL es proporcionar apoyo y consejo para canalizar las quejas y sugerencias motivadas por posibles vulneraciones de los derechos lingüísticos y tratar de erradicarlas.

La ODL atenderá tres tipos de peticiones:

  • Quejas de la ciudadanía para hacer saber que sus derechos lingüísticos han sido vulnerados.
  • Sugerencias de la ciudadanía con la intención de contribuir a la salvaguardia de los derechos lingüísticos en la sociedad y, especialmente, para mejorar la atención lingüística de los servicios.
  • Consultas para obtener asesoramiento sobre los derechos lingüísticos y sobre la normativa que los ampara.

Cualquier persona física o jurídica puede presentar una queja, sugerencia o consulta sobre derechos lingüísticos con el formulario disponible en esta página, rellenado con la información que se pide.

El formulario se puede presentar utilizando uno de los dos procedimientos siguientes:

Por internet

A través de este trámite: Presentación de quejas, sugerencias y consultas

 

Presencial

Utilizando este formulario rellenado y presentado en:

  • En el registro general de la Generalitat.
  • A las oficinas de correos, tal como se establece reglamentariamente.
  • A las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • A las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • En cualquier otro que establecen las disposiciones vigentes.

Además, las consultas también se pueden formular por correo electrónico con la información básica que tiene que contener la solicitud (al menos nombre y apellido).

  • Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat (artículo 136 y disposición derogatoria)
  • Decreto 187/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regula el funcionamiento de la Oficina de Derechos Lingüísticos (artículos vigentes: 1, 3 y 15)
  • Memoria de la ODL de 2018

Correo electrónico: odl@gva.es