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Prueba extraordinarias

Pruebas extraordinarias

El alumno o la alumna que, una vez finalizado el proceso de evaluación de 4.º curso de educación secundaria obligatoria, no haya obtenido el título y haya superado los límites de edad, teniendo en cuenta, así mismo, la prolongación excepcional de la permanencia en la etapa, también de este decreto, podrá hacerlo en los dos cursos siguientes a través de la realización de pruebas o actividades personalizadas extraordinarias de las materias que no haya superado.