Información complementaria

Información complementaria

El presente documento tiene un carácter meramente informativo y carece de valor jurídico. Como documento de apoyo, su única finalidad es la de ofrecer información complementaria a las personas solicitantes de becas universitarias concedidas por la Generalitat Valenciana.

BECAS UNED

LO PRIMERO QUE DEBES SABER

En esta convocatoria se han modificado los umbrales económicos tanto de la renta como del catastro, con el objetivo de poder llegar a más alumnado.

En cualquier caso, antes de solicitar la beca es conveniente que consultes los umbrales de renta familiar según el número de personas que la componen:

  • Familias de 1 miembro:   19.970 euros
  • Familias de 2 miembros: 31.878 euros
  • Familias de 3 miembros: 42.129 euros                      
  • Familias de 4 miembros: 49.657 euros
  • Familias de 5 miembros: 53.825 euros
  • Familias de 6 miembros: 57.482 euros
  • Familias de 7 miembros: 61.058 euros
  • Familias de 8 miembros: 64.584 euros

Puedes realizar un cálculo aproximado sumando las casillas 435 y 460 de la declaración de la renta del ejercicio 2022, y restando a este resultado la casilla 595. En cualquier caso, hay que leer el apartado 9º de la convocatoria que recoge otros aspectos a considerar (deducciones, etc.). Tambien puedes utilizar este simulador de renta.

PARA QUÉ ESTUDIOS PUEDES SOLICITAR ESTA BECA

Puedes solicitar una beca si te has matriculado en cualquiera de los centros asociados de la UNED ubicados en la Comunitat Valenciana, para el curso 2023-2024 en:

  • Enseñanzas universitarias para títulos de grado.

DOTACIÓN DE LA BECA

La beca sufraga gastos de primera matrícula. Pero, no se ingresa directamente al alumnado. Se abona a la UNED para compensar las tasas. En caso de que el alumnado las haya abonado por adelantado, una vez se publica la resolución hay que dirigirse a la secretaría del centro asociado del cual dependa, con el fin de gestionar la devolución.

REQUISITOS GENERALES

Ser menor de 55 años.

Ser español/a o tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.

Si tú o tu familia sois ciudadanos de la Unión, tenéis que residir de manera permanente en España o acreditar un trabajo por cuenta propia o ajeno en España.

En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo que indica la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. El estudiante necesariamente tendrá que contar con permiso de residencia legal en España.

Acreditar la residencia administrativa en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana

No haber obtenido un título de nivel igual o superior en los estudios para los que pides la beca.

REQUISITOS ACADÉMICOS

Estar matriculado de, como mínimo, una asignatura en primera matrícula.

A excepción de quienes se matriculan por primera vez de primer curso de estudios de grado, superar un porcentaje de créditos en el último curso realizado que varía en función de la rama de conocimiento del grado:

Rama de conocimiento

Porcentaje créditos superados

Artes y Humanidades

80 %

Ciencias

60 %

Ciencias Sociales y Jurídicas

80 %

Ciencias de la Salud

70 %

Ingeniería y Arquitectura

60 %

REQUISITOS ECONÓMICOS

Para saber si tienes derecho a una beca, además de los requisitos generales y académicos, debes saber que también se valora la situación económica de tu unidad familiar, en el ejercicio 202.

Se tiene en cuenta la renta obtenida y , además, determinados elementos relacionados con el patrimonio, como los rendimientos del capital, las ganancias patrimoniales o los inmuebles propiedad de la familia.

En esta convocatoria los umbrales económicos se han modificado con el fin de poder llegar a más alumnado.

Qué significa...?

A continuación, te explicamos conceptos que te serán de utilidad en la hora de rellenar tu solicitud.

  • Unidad familiar

Los tipos de unidad familiar y miembros computables que recoge la convocatoria de becas son varios. Los explicamos a continuación.

Los miembros de la unidad familiar son:

  • El/la estudiante que solicita la beca.
  • Los progenitores (padres/madres).
  • La persona que ejerza la tutela, o aquella que legalmente tenga la guarda o custodia de la persona menor de edad.
  • Hermanos/as solteros menores de 25 años.
  • Hermanos/as mayores de 25 años con discapacidad.
  • Ascendentes de los progenitores (abuelos/as) siempre que vivan en la unidad familiar.
  • Los miembros de la unidad familiar tienen que vivir en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2020.

Los miembros de una unidad familiar independiente son:

  • El/la estudiante que solicita la beca.
  • El/la cónyuge o pareja de hecho (aunque no esté inscrita en el registro como pareja de hecho);
  • Hijos/as que vivan en el mismo domicilio.

Los miembros que cuentan como unidad familiar en caso de divorcio o separación legal de los padres son…

Cuando la custodia es compartida:

  • Los progenitores del estudiante que solicita la beca (en la aplicación hay que poner que están separados, aunque después se hayan casado con otra persona).
  • Los hijos/as comunes.
  • Los ascendientes de los progenitores que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado municipal.

Cuando la custodia no es compartida:

  • El progenitor que viva con la persona que solicita la beca.
  • La nueva pareja o del progenitor que viva con la persona que solicita la beca.
  • Los hijos/as de los dos que vivan en el mismo domicilio que el estudiante que solicita la beca (tanto hijos comunes como no comunes de la nueva pareja) menores de 25 años o mayores de 25 años con discapacidad.
  • Las personas ascendentes de los progenitores que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado de empadronamiento colectivo municipal.

La convocatoria considera también como miembros computables a aquellas personas que a 31 de diciembre de 2020 residan en el domicilio del estudiante que solicita la beca y que:

  • tengan ingresos propios,
  • no sean parientes de los restantes miembros de la unidad familiar, y no se pueda justificar un alquiler de piso compartido.

¿Cuándo tienes que solicitarla?

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria.

Te aconsejamos que no dejes la solicitud para los últimos días, porque es posible que te pidamos datos que estén en documentos que deberás buscar o consultar.

PASOS PARA SOLICITAR LA BECA

  1. ENTRA EN LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA GVA

El acceso directo a este trámite estará disponible en el siguiente enlace: https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18458&version=amp

“Tramitar con certificado”.

Pincha en ACCEDER .

  1. AHORA TIENES QUE IDENTIFICARTE

Con DNIe, o certificado electrónico, o clave permanente.

  1. RELLENA EL FORMULARIO

Una vez dentro, hay que rellenar el formulario en línea. En este paso, no te pediremos que aportes documentación porque la GVA consultará todos los datos necesarios para comprobar que reúnes los requisitos (generales, académicos y económicos) para solicitar la beca.

Solo en determinados supuestos necesitarás aportar algún documento concreto (familias con un único progenitor, orfandad absoluta…)

Importante: una vez rellenado el formulario e introducidos los documentos, tienes que firmar y registrar  la solicitud.

Es conveniente que descargues el resguardo de solicitud que genera la aplicación, como comprobante de su presentación.

Recuerda que en la carpeta ciudadana (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html) siempre tendrás un resguardo de tu solicitud.

En el supuesto de presentar más de una solicitud se considerará únicamente válida la última presentada.

ENMIENDA

En caso de ser necesario, se te podrá requerir la presentación de los documentos preceptivos para la enmienda del expediente.

Importante: la enmienda se te notificará en el correo electrónico indicado en el formulario de solicitud. Es conveniente que revises la carpeta de spam. Así mismo, se podrá consultar a través de la carpeta ciudadana.

RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Esta resolución confirmará la cuantía total de la beca que te hemos concedido. No la notificaremos de manera individual a cada estudiante, sinó que publicaremos un listado en nuestra página web y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. En el listado aparecerán las personas solicitantes a las que se les haya concedido beca y la cuantía de las tasas que se compensarán en las universidades, así como aquellas  cuya solicitud de beca haya sido denegada, con el motivo de denegación.

Si no estás de acuerdo con la resolución definitiva, puedes reclamar presentando un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo.

AYUDA

  • - Las dudas sobre el contenido de la convocatoria se pueden dirigir al correo de becauned@gva.es
  • - Las cuestiones sobre incidencias en la tramitación electrónica relacionadas con cuestiones técnico-informáticas se atenderán mediante el formulario de problemas técnicos
  • - Para ayuda telefónica, llama al teléfono gratuito de la Generalitat 012