Para solicitar cualquier de los siguientes procedimientos, el alumno o la alumna, o el padre, la madre o la persona tutora legal, si es menor de edad, tiene que librar el documento de solicitud en el centro educativo donde esté matriculado o matriculada.
Esta solicitud se puede realizar desde la segunda semana de septiembre hasta el 31 de octubre del curso escolar para el cual se solicite.
Una vez estudiada la solicitud, en caso de que sea favorable, el centro gestionará el procedimiento y realizará la matrícula correspondiente a través de la plataforma informática habilitada por la consellería competente en materia de educación (ITACA).
Documentos de solicitud de acuerdo con la Orden 19/2023, de 29 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se regulan los procedimientos derivados del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consejo, por el cual se establecen la ordenación y el currículum de Educación Secundaria Obligatoria, y del Decreto 108/2022, de 5 de agosto, del Consejo, por el cual se establecen la ordenación y el currículum de Bachillerato, así como la organización y el funcionamiento del Bachillerato nocturno y a distancia en la Comunidad Valenciana.