Bachillerato

Bachillerato

Convalidaciones y exenciones

Según lo que dispone el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el cual se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física tienen que tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

b) En segundo curso de Bachillerato se podrán convalidar las materias siguientes:

Asignatura de Bachillerato

Enseñanza profesional

Asignatura de EEPP con la que se convalida

Análisis Musical II (especifica)

Música

1er curso de Análisis o 1er curso de Fundamentos de Composición

Historia de la Música y de la Danza(especifica)

Música

1er y 2º cursos de Historia de la Música

Artes Escénicas (troncal de la modalidad de Artes)

Danza

Interpretación y Creatividad y Danza

 

Historia de la Música y de la Danza (específica)

Danza

Origen y Evolución de la Danza y una entre las asignaturas siguientes:

  • Origen y Evolución del Flamenco
  • Historia de la Danza Española
  • Historia de la Danza Clásica
  • Historia de la Danza Moderna y Contemporánea

 

Además de las convalidaciones de la pregunta frecuente 1, el alumnado que cursa simultáneamente EEPP de Música y Danza y segundo curso de Bachillerato podrá convalidar, en función de la modalidad de Bachillerato cursada:

a) Para el alumnado de las modalidades de Ciencias y de Humanidades y Ciencias Sociales se podrá convalidar una materia específica a elegir entre la materia específica obligatoria Historia de la Filosofía o cualquiera de las específicas de opción de entre les materias del cuadro.

b) Para el alumnado de segundo de Bachillerato de la modalidad de Artes se podrá convalidar una materia específica de opción de entre las materias del cuadro*.

Materias específicas de opción de segundo de Bachillerato

  • Análisis Musical II
  • Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente
  • Dibujo Artístico II
  • Fundamentos de Administración y Gestión
  • Historia de la Música y de la Danza
  • Imagen y Sonido
  • Psicología
  • Segunda Lengua Extranjera II
  • Técnicas de Expresión Graficoplástica
  • Tecnología Industrial II
  • Tecnologías de la Información y la Comunicación II
  • Religión 
  • Materias del bloque de asignaturas troncales no cursadas anteriormente 1

1 Para la modalidad de Artes también se considera materia específica de opción la materia Historia de la Filosofía.

 

a) Para el alumnado de las modalidades de Ciencias y de Humanidades y Ciencias Sociales se podrá convalidar una materia específica a elegir entre la materia específica obligatoria Historia de la Filosofía o cualquiera de las específicas de opción de entre les materias del cuadro.

b) Para el alumnado de segundo de Bachillerato de la modalidad de Artes se podrá convalidar una materia específica de opción de entre las materias del cuadro 1.

Materias específicas de opción de segundo de Bachillerato

  • Análisis Musical II
  • Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente
  • Dibujo Artístico II
  • Fundamentos de Administración y Gestión
  • Historia de la Música y de la Danza
  • Imagen y Sonido
  • Psicología
  • Segunda Lengua Extranjera II
  • Técnicas de Expresión Graficoplástica
  • Tecnología Industrial II
  • Tecnologías de la Información y la Comunicación II
  • Religión
  • Materias del bloque de asignaturas troncales no cursadas anteriormente

Para la modalidad de Artes también se considera materia específica de opción Historia de la Filosofía.

 

Cambios de modalidad

  • Alumnado que promociona a 2º de Bachillerato.
  • Alumnado que repite 2º de Bachillerato.

  1. El alumnado tiene que presentar en el centro la solicitud de cambio de modalidad: Anexo IX de la Orden 38/2017, de 4 de octubre de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria, en Bachillerato y en las enseñanzas de la Educación de las Personas Adultas en la Comunidad Valenciana.
  2. A continuación el centro podrá tramitar la solicitud a través de OVICE en el siguiente enlace:
 
 
Para el curso 2021-2022 se podrá tramitar igualmente por registro de entrada enviando el anexo X o el anexo XI junto con la certificación académica y el certificado de matrícula del alumno/a segundos la nueva modalidad elegida.
 
  1. Las resoluciones se enviarán a través de OVICE o por correo postal en función de como se haya tramitado por parte del centro educativo.

  •  Normativa aplicada: 
En el apartado 4 del artículo 28 de la Orden 38/2017 se establece: 
«Todas las materias superadas por el alumnado en los dos cursos de Bachillerato computarán a los efectos del cálculo de la nota mediana del Bachillerato, con independencia que pertenezcan a la antigua modalidad o a la nueva.» 
  • Por lo tanto, en todos los casos computan todas las materias superadas de Bachillerato y la nota mediana se tiene que calcular de manera manual.

  • Normativa aplicada: 
      En el apartado 1 del artículo 28 de la Orden 38/2017 se establece: 
"a) El alumnado que haya cursado el primer curso de Bachillerato en una determinada modalidad y promocione a segundo curso podrá cursar una modalidad distinta en segundo de Bachillerato. Para ello, se matriculará de las materias de segundo curso de la nueva modalidad elegida y, adicionalmente, de todas las materias de primero de la nueva modalidad que no hubiera superado previamente al cursar la anterior modalidad. Estas materias de primero de Bachillerato tendrán la consideración de materia pendiente, aunque no serán computables a efectos de modificación de las condiciones en las que ha promocionado a segundo. 
b) Los cambios de modalidad también podrán ser solicitados por parte del alumnado que repita el segundo curso. En este caso, deberá matricularse de todas las materias de la nueva modalidad, de ambos cursos, que no hubiera superado previamente cuando cursó la modalidad anterior."
  • Por lo tanto, el alumnado que cambia de modalidad tiene que tener superadas al finalizar Bachillerato las materias troncales generales de modalidad y troncales de opción de modalidad tanto de 1er como de 2º curso de la nueva modalidad.

  • Normativa aplicada:
      En el anexo único, punto 7.2.5 de la Resolución de 26 de julio de 2021 se establece:
«3. Las materias del bloque de asignaturas troncales cursadas y superadas en la antigua modalidad, la superación de las cuales no sea necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir las asignaturas específicas, del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad, incluyendo la materia Historia de la Filosofía de segundo curso y excluyendo la materia Educación Física de primer curso».
  • Por lo tanto, en el apartado 4 se tiene que indicar si las materias específicas de 1er curso están superadas o no, y en caso de que no estén superadas, se tiene que indicar si el alumno/a quiere cursarlas o sustituirlas. 

  • En caso de que la materia no esté superada y el alumno/a elija la opción "No cursa la materia específica y la sustituye por una de las troncales del apartado 3", se tiene que tener en cuenta que no se trata de convalidar unas materias por otras, sino que lo que hay que hacer es NO MATRICULAR al alumnado de materias específicas de primer curso que estén pendientes si tiene materias troncales superadas de la antigua modalidad que no son necesarias para completar la nueva modalidad.

  • Normativa aplicada: 
       En el anexo único, punto 7.2.5 de la Resolución de 26 de julio de 2021 se establece: 
«3. Las materias del bloque de asignaturas troncales cursadas y superadas en la antigua modalidad, la superación de las cuales no sea necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir las asignaturas específicas, del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad, incluyendo la materia Historia de la Filosofía de segundo curso y excluyendo la materia Educación Física de primer curso».
  • Por lo tanto, en el apartado 5 se tiene que indicar si el alumnado desea cursar o no las materias específicas de 2º curso.

  • En caso que el alumno/a elija la opción "No cursa la materia específica y la sustituye por una de las troncales del cuadro 3", se tiene que tener en cuenta que no se trata de convalidar unas materias por otras, sino que lo que hay que hacer es NO MATRICULAR al alumnado de materias específicas de segundo curso si tiene materias troncales superadas de la antigua modalidad que no son necesarias para completar la nueva modalidad.

  • Normativa aplicada: 
En el anexo único, punto 7.2.5 de la Resolución de 26 de julio de 2021 se establece: 
«3. Las materias del bloque de asignaturas troncales cursadas y superadas en la antigua modalidad, la superación de las cuales no sea necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir las asignaturas específicas, del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad, incluyendo la materia Historia de la Filosofía de segundo curso y excluyendo la materia Educación Física de primer curso».
      
  • Por lo tanto, en el apartado 5 se tiene que indicar si las materias específicas de 2º curso están superadas o no, y en caso de que no estén superadas, se tiene que indicar si el alumno/a quiere cursarlas o sustituirlas. 
  • En caso de que la materia no esté superada y el alumno/a elija la opción "No cursa la materia específica y la sustituye por una de las troncales del cuadro 3", se tiene que tener en cuenta que no se trata de convalidar unas materias por otras, sino que lo que hay que hacer es NO MATRICULAR al alumnado de materias específicas de segundo curso que estén pendientes si tiene materias troncales superadas de la antigua modalidad que no son necesarias para completar la nueva modalidad.

  • Tiene que matricularse de las materias de segundo curso de la nueva modalidad elegida y, adicionalmente, de todas las materias de primero de la nueva modalidad que no hubiera superado previamente al cursar la anterior modalidad. (Apartado 1 del artículo 28 de la Orden 38/2017).      
  • Todas las materias superadas por el alumnado en los dos cursos de Bachillerato computarán a los efectos del cálculo de la nota media del Bachillerato, con independencia de que pertenezcan a la antigua modalidad o a la nueva. (Apartado 4 del artículo 28 de la Orden 38/2017).      
  • Las materias del bloque de asignaturas troncales cursadas y superadas en la antigua modalidad, la superación de las cuales no sea necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir las asignaturas específicas, del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad, incluyendo la materia Historia de la Filosofía de segundo curso y excluyendo la materia Educación Física de primer curso. (Anexo único, punto 7.2.5 de la Resolución de 26 de julio de 2021).

  • Tiene que matricularse de todas las materias de la nueva modalidad, de ambos cursos, que no hubiera superado previamente cuando cursó la modalidad anterior. (Apartado 1 del artículo 28 de la Orden 38/2017).
  • Todas las materias superadas por el alumnado en los dos cursos de Bachillerato computarán a los efectos del cálculo de la nota media del Bachillerato, con independencia que pertenezcan a la antigua modalidad o a la nueva. (Apartado 4 del artículo 28 de la Orden 38/2017).
  • Las materias del bloque de asignaturas troncales cursadas y superadas en la antigua modalidad, la superación de las cuales no sea necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir las asignaturas específicas, del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad, incluyendo la materia Historia de la Filosofía de segundo curso y excluyendo la materia Educación Física de primer curso. (Anexo único, punto 7.2.5 de la Resolución de 26 de julio de 2021).