La huelga es el cese temporal, colectivo y concertado de la prestación del trabajo, por parte de los personas trabajadoras como medida de presión para la defensa de sus intereses. Son los representantes de las personas trabajadoras quienes han de comunicar el acuerdo de declaración de huelga tanto al empresario o empresarios afectados, como a la Autoridad Laboral.
Tal y como señala el artículo 6 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo de 1977, sobre relaciones de trabajo:
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El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo, ni puede dar lugar a sanción alguna, salvo que el trabajador, durante la misma, incurriera en falta laboral.
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Durante la huelga se entenderá suspendido el contrato de trabajo y el trabajador no tendrá derecho al salario.
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El trabajador en huelga permanecerá en situación de alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotización por parte del empresario y del propio trabajador. El trabajador en huelga no tendrá derecho a la prestación por desempleo, ni a la económica por incapacidad laboral transitoria.
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Se respetará la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quisieran sumarse a la huelga.
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En tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma, salvo caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el apartado número siete de este artículo.
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Los trabajadores en huelga podrán efectuar publicidad de la misma, en forma pacífica, y llevar a efecto recogida de fondos sin coacción alguna.
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El Comité de huelga habrá de garantizar durante la misma la prestación de los servicios necesarios para la seguridad de las personas y de las cosas, mantenimiento de los locales, maquinaria, instalaciones, materias primas y cualquier otra atención que fuese precisa para la ulterior reanudación de las tareas de la empresa.
Servicios mínimos
El artículo 28.2 de la Constitución Española dispone lo siguiente: "Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad".
En aplicación de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 17/1977, cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad Laboral podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios.
La Autoridad Laboral, tras una valoración y ponderación de los bienes o derechos afectados, del ámbito personal, funcional o territorial de la huelga, de su duración y demás circunstancias que concurren para alcanzar el mayor equilibrio entre el derecho de huelga y aquellos otros bienes que el propio servicio esencial satisface, dictará resolución que será comunicada a las partes interesadas.
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Últimas resoluciones
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Resolución, de 15 de marzo de 2018, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en FGV.
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Resolución, de 23 de marzo de 2018, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en FGV - Tranvías.
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Resolución, de 16 de mayo de 2018, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga del profesorado asociado de la Universitat Politècnica de València.
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Resolución, de 21 de diciembre de 2018, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en FGV Alicante SEMAF.
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Resolución, de 11 de enero de 2019, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa EMT en Valencia.
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Resolución, de 17 de enero de 2019, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de ampliación de la huelga convocada en FGV el 4 de diciembre de 2018.
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Resolución, de 28 de enero de 2019, por la que se proponen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO RASPEIG SL.
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Resolución, de 29 de enero de 2019, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la convocatoria de huelga efectuada por el Sindicato ferroviario-Intersindical Valenciana en FGV Valencia.
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Resolución, de 29 de enero de 2019, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada por varios sindicatos en FGV Valencia Valencia y Alicante.
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Resolución, de 14 de febrero de 2019, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada, con carácter indefinido, en las empresas SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO RASPEIG SL y NETALIA SERVICIOS INTEGRALES SL.
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Resolución, de 4 de marzo de 2019, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la HUELGA GENERAL convocada por varios sindicatos para el día 8 de marzo.
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Resolución del Director General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada por los celadores del Hospital MARINA SALUD, SA, de Denia durante la jornada de trabajo del 14 de julio de 2020, de 00.00h a 24.00h.
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Resolución sobre servicios esenciales con ocasión de la huelga convocada en la empresa Zardoya Otis, S.A., que afecta a la prestación del servicio de mantenimiento de aparatos elevadores y atención de avisos de ascensores parados, atrapados y emergencias de la Comunitat Valenciana.
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Resolución de 22 de noviembre de 2023, del Director General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, sobre servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada con carácter general, por el Sindicato para la Solidaridad de los Trabajadores de España, para el día 24 de noviembre de 2023.
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Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en los centros de asistencia y educación infantil que afecta a la totalidad del personal de éstos incluido en el ámbito funcional del Convenio Colectivo de Centros de Asistencia y Educación Infantil en todos sus centros de trabajo de la Comunitat Valenciana, para los días 11, 12, 13, 18, 19 y 20 de diciembre de 2023 desde las 07:00 a las 10:30 horas.
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Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en el centro LYCÉE FRANÇAIS DE VALENCE que afecta al personal de dicha empresaen el centro de trabajo de Paterna (Valencia), y que tendrá lugar desde las 00:00 hasta las 23:59 horas del 19 de diciembre de 2023
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Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa SOCIETAT VALENCIANA D’INSPECCIÓ TÈCNICA DE VEHICLES, S.A., que afecta al personal de los centros de trabajo de la provincia de Alicante, con carácter indefinido a partir de las 06:00 horas y durante toda la jornada de los martes y jueves, iniciándose a partir del martes 13 de febrero de 2024.
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Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa SOCIETAT VALENCIANA D’INSPECCIÓ TÈCNICA DE VEHICLES, S.A., que afecta al personal de todos los centros de trabajo de la Comunidad Valenciana, iniciándose la huelga a partir de las 00.00 horas hasta las 24.00 horas del día 27 de febrero de 2024 y, desde las 00.00 horas hasta las 24.00 horas del día 12 de marzo de 2024.
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Corrección de errores de la Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa SOCIETAT VALENCIANA D’INSPECCIÓ TÈCNICA DE VEHICLES, S.A., que afecta al personal de todos los centros de trabajo de la Comunidad Valenciana, iniciándose la huelga a partir de las 00.00 horas hasta las 24.00 horas del día 27 de febrero de 2024 y, desde las 00.00 horas hasta las 24.00 horas del día 12 de marzo de 2024.
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Resolución de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa AUTOMÓVILES LA ALCOYANA, S.A., que afectan al personal de dicha empresa, y que se desarrollará a partir del día 19 de marzo de 2024 desde las 00:00 horas, con carácter indefinido, afectando al servicio de festivos y servicios nocturnos y, de acuerdo con lo indicado por los convocantes, afecta a la totalidad de la plantilla empresarial.
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Corrección de errores de la Resolución de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa AUTOMÓVILES LA ALCOYANA, S.A., que afectan al personal de dicha empresa, y que se desarrollará a partir del día 19 de marzo de 2024 desde las 00:00 horas, con carácter indefinido, afectando al servicio de festivos y servicios nocturnos y, de acuerdo con lo indicado por los convocantes, afecta a la totalidad de la plantilla empresarial.
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Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa SOCIETAT VALENCIANA D’INSPECCIÓ TÈCNICA DE VEHICLES, S.A., que afecta al personal de todos los centros de trabajo de la provincia de Alicante, y durante toda la jornada de los días previstos para la convocatoria de huelga, iniciándose de este modo, a partir de las 00.00 horas hasta las 24:00 horas el día 25 de marzo de 2024 y, también, durante la jornada del día 27 de marzo de 2024, a partir de las 00.00 horas hasta las 24:00 horas de dicho día.
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Resolución de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.L., en Calpe, Alicante, que afectan al personal de dicha empresa, y que se desarrollará a partir del día 25 de marzo de 2024, desde las 00:00 horas, con carácter indefinido, afectando al servicio de recogida de residuos y al de limpieza viaria, de acuerdo con lo indicado por los convocantes, afecta a la totalidad de la plantilla empresarial.
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Resolución de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada a partir del día 4 de abril de 2024 desde las 00:00 horas, con carácter indefinido, afectando esta convocatoria a todos los trabajadores de la empresa PREZERO, S.A., (GRUPO CEPSA), más concretamente el centro de trabajo de recogida de sólidos urbanos del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, (03005), Alicante.
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Resolución por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en todos los centros de enseñanza pública no universitaria dependientes de la Conselleria de Educación, Universidad y Empleo, que afecta a la totalidad del profesorado y personal (PAE y PAS) de éstos, en todos sus centros de trabajo de la Comunitat Valenciana, para el día 23 de mayo de 2024 desde las 00:00 hasta las 23:59 horas del mismo día.
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Resolución de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se establecen los servicios esenciales mínimos con ocasión de la huelga convocada en la empresa FOMENTO VALENCIA MEDIO AMBIENTE S.L (FOVASA), en Oliva, que afectan al personal de dicha empresa, y que se desarrollará a partir del día 21 de julio de 2024, desde las 22:00 horas, con carácter indefinido, afectando al servicio de recogida de residuos y al de limpieza viaria, de acuerdo con lo indicado por los convocantes, afecta a la totalidad de la plantilla empresarial.