Becas para estancias de personal investigador doctor en centros de investigación radicados fuera de la comunitat valenciana - Ciencia e investigación
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Becas para estancias de personal investigador doctor en centros de investigación radicados fuera de la comunitat valenciana
Acrónimo: BEST
Fechas de presentación de solicitudes: Del 8 de junio al 7 de julio de 2012, ambos inclusive
Documentos que acompañan la solicitud
- Memoria del trabajo de investigación a desarrollar
- Currículum vitae de la persona solicitante
- Historial científico-técnico de los últimos tres años del equipo o grupo de investigación de la institución donde desarrollará su actividad
- Salvo que la documentación ya se encuentre en poder de la administración actuante, si el investigador realiza sus funciones en una entidad privada, se acompañará la documentación prevista en el anexo I, base 2 apartado 4. (documento escaneado con un tamaño máximo de 2000k, con extensión valida jpg, jpeg, zip)
- Documentación aportada en otras ayudas de esta convocatoria
Resoluciones
- Resolución de 8 de noviembre de 2012, del director general de Universidad, Estudios Superiores y Ciencia por la que se tienen por desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo, presentadas al amparo de la convocatoria de becas para estancias de personal investigador doctor en centros de investigación radicados fuera de la Comunitat Valenciana (publicada en la web el 13/12/2012)
- RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2013, del director general de Universidad, Estudios Superiores y Ciencia, por la que se conceden y desestiman, las becas para estancias de personal investigador doctor en centros de investigación radicados fuera de la Comunitat Valenciana (publicada en la web el 10/04/2013)
a) El personal investigador presentará su solicitud y la documentación requerida en los registros de los centros de investigación donde tenga su vinculación estatutaria o laboral, del 8 de junio al 7 de julio de 2012.
b) Finalizado este plazo, los centros disponen de diez días naturales para presentar las solicitudes en el registro de la Consellería de Educación, Formación y Empleo o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la LRJPAC.