XIV. Subvenciones para la promoción y dinamización de parques científicos - Ciencia e investigación
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XIV. Subvenciones para la promoción y dinamización de parques científicos
JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LOS PARQUES CIENTÍFICOS (PPC/2023)exo XIV: Acrónimo de la subvención: CIPPC.
CONVOCATORIA
- Resolución de la Dirección General de Ciencia e Investigación, por la que se conceden subvenciones para la promoción y dinamización de los Parques Científicos- PPC 2023. Publicado en web 29/03/2023
- Corrección de errores de la Resolución de la Dirección General de Ciencia e Investigación, por la que se conceden subvenciones para la promoción y dinamización de los Parques Científicos -PPC 2023. Publicado en web 29/03/2023
Plazo de presentación de solicitudes |
DEL 2 AL 16 DE NOVIEMBRE |
En proceso de evaluación por expertos externos |
DESDE 12 DE ENERO DE 2023 |
Resolución de concesión |
28 DE MARZO DE 2023 |
DOCUMENTOS A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD
- Escritura de constitución de la entidad gestora del parque, en el caso de ser la solicitante.
- Documento acreditativo de la representación legal del parque, en el caso de ser el solicitante.
- Memoria descriptiva del proyecto.
- Memoria económica, detallando la estructura del gasto
- Documentación aportada en otras ayudas de esta convocatoria.
IMPORTANTE: A efectos de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Orden de bases, la memoria descriptiva y la memoria económica se consideran parte integrante y contenido mínimo de la solicitud, por lo que la ausencia o falta de contenido de estos documentos determinará la inadmisión de la misma.
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Se advierte que la utilización del logo se ceñirá a dar publicidad a la financiación recibida por parte de la conselleria.
Contacto:
Pepa Cortell 961.970.268
Rosa Flores 961 97 06 45
Marco Alventosa 961 97 04 87
Coreo electrónico: dgpc_becasayudas@gva.es
JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LOS PARQUES CIENTÍFICOS (PPC/2023)
DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES A 2023
La justificación se realizará mediante el sistema de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, previsto en el art. 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio y conformo con lo que se establece en el artículo 22 de las bases reguladoras
- UNIVERSIDADES DE LA COMUNITAT VALENCIANA QUE TENGAN VINCULADO UN PARQUE CIENTÍFICO
- Memoria de las actividades realizadas
- Certificado de gastos por línea de actuación
- Un ejemplar de los folletos, carteles , publicaciones y material de difusión que hayan sido objeto de la subvención, en los que constará el patrocinio de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
- Relación detallada de los gastos de la línea
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia
- Aquellas entidades que estén exentas del IVA (total o parcialmente) deberán remitir certificado acreditativo de este extremo.
- Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, un documento por entidad
- ENTIDADES GESTORAS DE UN PARQUE CIENTÍFICO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA PARTICIPADAS POR UNA UNIVERSIDAD DE LA COMUNITAT VALENCIANA
- Memoria de las actividades realizadas
- Certificado de gastos
- Un ejemplar de los folletos, carteles , publicaciones y material de difusión que hayan sido objeto de la ayuda, en los que constará el patrocinio de la Conselleria d’Educació, Univsersitats i Ocupació.
- Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión, que se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa (se aportarán facturas originales y copia para su compulsa por el servicio de política científica). De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Reglamento de subvenciones, aprobado por el R.D. 887/2006, de 21 de julio, los justificantes originales presentados se marcarán con una estampilla, indicando en la misma las subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia
- Aquellas entidades que estén exentas del IVA (total o parcialmente) deberán remitir certificado acreditativo de este extremo.
- Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, un documento por entidad
Contacte:
Delfín Cebellán 961 97 06 07
Pepa Cortell 961 97 02 68
Rosa Flores 961 97 06 45
Marco Alventosa 961 97 04 87