El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se ha de sustanciar una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en que se pide la opinión de las personas y de las organizaciones... - Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
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El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se ha de sustanciar una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en que se pide la opinión de las personas y de las organizaciones...