Equivalencias - Enseñanzas Régimen Especial
Equivalencias
La extinción de Planes de Estudios y su sustitución por otros más actuales, implica una determinada equivalencia entre las titulaciones antiguas y las nuevas. Una equivalencia consiste en el reconocimiento por el que un título de carácter oficial tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro.
- Plazo de presentación
Plazo de presentación abierto permanentemente.
- Órgano competente
Las equivalencias reconocidas de manera específica en disposiciones legales, no necesitan de resolución individualizada, ya que la propia normativa determina la equivalencia de sus efectos.
La Conselleria competente en materia de educación, podrá expedir una nota de carácter informativo si el interesado lo solicita, debiendo aportar:
- Instancia de solicitud (cumplimentar e imprimir)
- Estudios cursados (original o fotocopia compulsada de certificación académica oficial, título o libro de calificaciones)
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Fotocopia DNI / NIE
A continuación, se relacionan las equivalencias más significativas recogidas en disposiciones legales. Se expresa igualmente los efectos de dichas equivalencias y se incorpora para su descarga la disposición legal en formato PDF.
Enseñanzas de artes plásticas y diseño | |||
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Título o estudios | Equivale | Título o estudios equivalentes | Disposiciones legales |
1º y 2º comunes del plan del 1963 o 1º comunes del plan experimental | A todos los efectos | 3º ESO | RD 986/1991 de 14 de junio. Anexo VI |
3º comunes del plan del 1963 o 2º comunes del plan experimental | A todos los efectos | Graduado en ESO | RD 986/1991 de 14 de junio. Anexo VI |
3º comunes del plan del 1963 o 2º comunes del plan experimental | Efectos profesionales | Técnico |
Orden de 21 de abril de 1988 Disp. adicional 31ª de la LOE |
Título de graduado en artes aplicadas del plan de 1963 o plan experimental | A todos los efectos | Técnico Superior | |
Título de graduado en artes aplicadas del plan de 1963 o plan experimental | A todos los efectos | 1º Bachillerato | RD 986/1991 de 14 de junio. Anexo VI |
Superación de la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y acreditar uno de los siguientes requisitos:
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Efectos profesionales | Graduado en ESO |
Orden EDU/520/2011 Artículo único 2 |
Superación de la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, acreditando:
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Efectos profesionales | Título de Bachiller | Orden 1603/2009, de 10 de junio. Art. 4 |