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Trámite Presencial

Trámite Presencial

RECUERDE: Si usted es personal funcionario de la administración pública estará obligado a relacionarse con la administración de forma telemática

DOCUMENTACIÓN

Impreso normalizado de solicitud.

Documentación necesaria para la iniciación/tramitación del procedimiento, según establezca la normativa que lo regule; o, en su caso, la que sea requerida por la Administración al ciudadano o la que el interesado considere de oportuna presentación.

FORMA DE PRESENTACIÓN

RECOMENDAMOS SOLICITAR CITA PREVIA PARA EVITAR ESPERAS INNECESARIAS.

  • En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.