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Ayudas económicas de la Generalitat para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias.

Bases reguladoras

  • Bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias.
  • Corrección de errores del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias. 

 

2024
 

1. Convocatoria

Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación en las modalidades de prensa escrita no diaria y medios de comunicación en línea del programa B.. 

 

2. Acceso a la solicitud. 

Mediante este enlace podéis acceder al trámite de presentación telemática de la solicitud de subvención. 

Para la correcta presentación y elaboración de la solicitud, os recomendamos que seguir las instrucciones de las siguientes guías consultivas: 

El plazo de presentación telemática de solicitudes es desde el 15 de marzo hasta el 2 de abril de 2024.

 

3. Resolución de la concesión. PENDIENTE.

 

4. Formulario de cuenta justificativa.

Por su utilidad, avanzamos la publicación de la hoja Excel que contiene la información que se deberá aportar mediante formulario en fase de justificación.

 

En caso de dudas, envíe un correo a: serveidepromocio@gva.es. En el asunto indique: Duda sobre medios. También puede llamar al 961 970 072 o al 961 970 455.

Preguntas más frecuentes

Artículo 2 original orden bases:

Definiciones

k) Usuarios únicos: personas reales y diferentes que acceden a un medio en línea en un periodo concreto de tiempo

Corrección:

Definiciones

k) Usuarios únicos: personas reales y diferentes que acceden desde la Comunidad Valenciana a un medio en línea en un periodo concreto de tiempo

Explicación: Los usuarios únicos que tiene que acreditar OJD y que se tendrán en cuenta a efectos de aplicar el baremo y los criterios de valoración son los usuarios únicos que acceden al medio de comunicación en línea desde la Comunidad Valenciana y no aquellas personas usuarias que acceden desde cualquier otro lugar.

 

Artículo 6 original orden de bases (apartados 3 y 6):

Actuaciones y gastos subvencionables

3. El coste salarial subvencionable de los gastos de personal incluye el salario bruto y los gastos de Seguridad Social a cargo de la beneficiara, realizadas durante el periodo de ejecución y en función del porcentaje de dedicación a la actividad subvencionada. Este personal tiene que haber participado directamente en la realización de la actividad subvencionada.

6. En todo caso quedan excluidos, además de los especificados en el apartado 7 del artículo 31 de la Ley general de subvenciones, los gastos siguientes:

  • Los que no constan en el informe económico de la actividad desglosado y detallado que se presente con la solicitud.

  • Las inversiones realizadas en inmovilizado material patrimonial y la amortización de estas.

  • Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por la entidad beneficiaria de la subvención y los impuestos personales sobre la renta.

  • Los gastos derivados de servicios de limpieza, seguridad, custodia y vigilancia y servicios de asesoría juridicoadministrativa.

  • Los gastos de arrendamiento de locales, espacios, vehículos y similares.

  • Los gastos de mantenimiento y de actualización o mejora tecnológica del sitio web donde esté alojado el medio de comunicación en línea.

Corrección:

Actuaciones y gastos subvencionables

3. La convocatoria podrá establecer porcentajes máximos para determinadas gastos.

6. En todo caso quedan excluidos, además de las especificados en el apartado 7 del artículo 31 de la Ley general de subvenciones, los gastos siguientes:

  • Los que no constan en el informe económico de la actividad desglosado y detallado que se presente con la solicitud.

  • Las inversiones realizadas en inmovilizado material patrimonial y la amortización de estas.

  • Els impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por la entidad beneficiaria de la subvención y los impuestos personales sobre la renta.

  • Los gastos derivados de servicios de limpieza, seguridad, custodia y vigilancia y servicios de asesoría juridicoadministrativa.

  • Los gastos de arrendamiento de vehículos y similares.

Explicación: Sí que se subvencionan los gastos derivados del mantenimiento y mejora tecnológica del sitio web y los alquileres de locales y espacios para realizar la actividad.

Esta información se puede presentar en un mismo documento que contendrá la información relativa a la actividad, su coste y los conceptos de gasto a subvencionar.

La memoria explicativa explicará con detalle la actividad para la cual se solicita subvención y el periodo temporal de realización de la actividad. Además también explicará los diferentes aspectos que se tienen que valorar: audiencia, horas de emisión en valenciano, páginas, tirada, difusión, usuarios únicos, etc.

Estos aspectos son los que aparecen en el apartado undécimo de la convocatoria.

Además, las radios y televisiones y los medios de comunicación en línea que emiten radio y televisión tienen que presentar una parrilla de la programación diaria y relación descriptiva de los programas con las horas de emisión en valenciano para los cuales se pide la subvención, con toda la información que sea necesaria para trasladar una idea exacta de la actividad a subvencionar.

El informe económico tiene que detallar el coste de la actividad para la cual se solicita subvención con especificación de los diferentes conceptos, que tienen que coincidir con los conceptos del apartado E del formulario de solicitud.

En el informe económico hay que explicar y justificar que los gastos de personal están directamente vinculados a la realización de la actividad. Con cuyo objeto habrá que explicar las tareas que realizan las personas, las nóminas de las cuales se solicita subvencionar, así como el tiempo de la jornada laboral dedicado a la actividad.

El informe económico también tendrá que especificar, si procede, aquellos conceptos o actividades a subvencionar que la empresa haya subcontratado con otras empresas y que tendrán que cumplir los requisitos que para la subcontratación exige el artículo 29 de la Ley General de Subvenciones.

Solo se subvenciona el IVA cuando la empresa no se lo desgrave y no lo recupere. Hace falta que la empresa aporte un certificado de la Agencia Tributaria que justifique esta exención.

La obligación contenida en el apartado 7 del resuelve séptimo de pedir tres ofertas de diferentes proveedores si el gasto subvencionable supera los 15.000 euros, no se aplicará en esta convocatoria, dado que de acuerdo con el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones no es necesaria cuando el gasto sea anterior a la concesión de la subvención.

El punto 2.4 del artículo 10 de la orden de bases establece:

«a) Para las radios y las televisiones que emiten por internet, certificado que acredita la inscripción en el Registro de Prestadores de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Valenciana.»

Información de años anteriores

1. Convocatoria

  • Resolución de 18 de mayo de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se convocan, para 2023, las subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias. 

 

2. Resolución de concesión 

  • Resolución de concesión primera parcial de las subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito del medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias.
  • Resolución de concesión segunda parcial de las subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito del medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias