Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro - Política Lingüística
Asociaciones y entidades sin finalidad lucrativa
Ayudas económicas de la Generalitat para lo fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para los personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social
Bases reguladoras
- Bases reguladoras del procedimiento de subvencionas para las fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social.
- Modificación de los bases reguladoras del procedimiento de subvencionas para lo fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social.
2024
1. Convocatoria
- Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Consellería de Educación, Universidades y Empleo, miedo la cual se convocan las subvencionas para lo fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa en el ámbito social, para el año 2024 (DOGV número 9822, de 05.04.2024).
2. Acceso a la solicitud
El plazo de presentación telemática de solicitudes ha finalizado (desde el 9 de abril hasta el 22 de abril de 2024).
Para la correcta presentación y elaboración de la solicitud, hueso recomendáis que siguiera las instrucciones de la siguiente guía consultiva:
También hueso facilitamos los documentos de los anexos de la cada una de las modalidades convocadas junto cono los enlaces directos a su tramitación telemática:
MODALIDAD A: asociaciones cívicas y otras entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, asociaciones empresariales, asociaciones profesionales y fundaciones legalmente constituidas e inscritas en lo registro de la administración que corresponda en función del tipo de entidad o de organización):
- Anexo I: Solicitud.
- Trámite telemático para la presentación de la solicitud.
MODALIDAD B: universidades de la Comunidad Valenciana:
- Anexo I: Solicitud.
- Trámite telemático para la presentación de la solicitud.
MODALIDAD C: entidades y centros del exterior de la Comunidad Valenciana inscritos lo registro correspondiente:
- Anexo I: Solicitud.
- Trámite telemático para la presentación de la solicitud.
3. Requerimiento de subsanación de solicitudes.
De acuerdo cono aquello previsto en el apartado doceavo de la resolución de convocatoria, se publica los requerimientos de las solicitudes de aquellas entidades solicitantes de:
- MODALIDAD A: asociaciones cívicas y otras entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, asociaciones empresariales, asociaciones profesionales y fundaciones legalmente constituidas e inscritas en lo registro de la administración que corresponda en función del tipo de entidad o de organización (fecha de publicación 11/06/2024).
- MODALIDAD B: universidades de la Comunidat Valenciana (fecha de publicación 15/07/2024).
- EDASUN/2024/1: Universitat Jaume I
- EDASUN/2024/2: Universitat de València
- EDASUN/2024/4: Universidad Política de València
- EDASUN/2024/5: Universidad de Alicante
- EDASUN/2014/7: Universidad Miguel Hernández de Elche
- MODALIDAD C: entidades y centros del exterior de la Comunitat Valenciana (data publicación 29/07/2024).
- EDASEX/2024/3: A. C. Valenciana Virgen Desamparados
- EDASEX/2024_4: Espacio Valenciano en Bélgica
4. Información pública. Resolución privisional.
- MODALIDAD A: Aquí podéis consultar la propuesta de resolución provisional del órgano instructor respecto a la Modalidad A.
Los interesados disponéis de 10 días hábiles (del miércoles 31 de julio hasta el miércoles 13 de agosto de 2024) porque, en caso de no desear participar en la convocatoria, puedan remitir un escrito en que se haga constar que cejan en participar en la convocatoria o para que puedan presentar las alegaciones que consideran oportunas a través de este enlace, entrando al apartado correspondiente (Dejación o Alegación / Aportación).
Después de la publicación de la resolución provisional se publicarán la resolución definitiva. El plazo de justificación ahora está cerrado y se abrirá desde la publicación de la resolución definitiva hasta el 31 de octubre de 2024.
- MODALIDAD B: Aquí podéis consultar la propuesta de resolución provisional del órgano instructor respecto a la Modalidad B.
Los interesados disponéis de 10 días hábiles (del lunes 9 de septiembre hasta el viernes 20 de septiembre de 2024) porque, en caso de no desear participar en la convocatoria, puedan remitir un escrito en que se haga constar que cesan en participar en la convocatoria o para que puedan presentar las alegaciones que consideran oportunas a través de este enlace, entrando al apartado correspondiente (Dejación o Alegación / Aportación).
Después de la publicación de la resolución provisional se publicará la resolución definitiva. El plazo de justificación ahora está cerrado y se abrirá desde la publicación de la resolución definitiva hasta el 31 de octubre de 2024.
- MODALIDAD C: Aquí podéis consultar la propuesta de resolución provisional del órgano instructor respecto a la Modalidad C.
Los interesados disponéis de 10 días hábiles (del lunes 9 de septiembre hasta el viernes 20 de septiembre de 2024) porque, en caso de no desear participar en la convocatoria, puedan remitir un escrito en que se haga constar que cesan en participar en la convocatoria o para que puedan presentar las alegaciones que consideran oportunas a través de este enlace, entrando al apartado correspondiente (Dejación o Alegación / Aportación).
Después de la publicación de la resolución provisional se publicará la resolución definitiva. El plazo de justificación ahora está cerrado y se abrirá desde la publicación de la resolución definitiva hasta el 31 de octubre de 2024.
Para dudas, podéis enviar un correo a: serveidepromocio@gva.es. En el asunto indicáis: Asociaciones.
¿Cómo acredito las cláusulas sociales?
Si marcáis en los Criterios valorables cuantificables las cláusulas, hace falta que las acreditéis mediante cualquiera de las maneras que se prevén en el punto noveno del ACUERDO de 27 de marzo de 2015, del Consell, por el cual se establecen directrices para la aplicación de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Generalitat y su sector público, así como en materia de subvenciones de la Administración de la Generalitat.
¿Qué gastos son subvencionables?
Las tenéis detalladas en el apartado séptimo de la resolución.
Información de años anteriores - 2023
1. Resolución de convocatoria.
RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo
en el ámbito social, para el año 2023.
2. Resolución de concesión.