Títulos - Centros Docentes
Normativa
EXPEDICIÓN DE TÍTULOS ACADÉMICOS NO UNIVERSITARIOS Y DE CERTIFICADOS DE NIVEL DE IDIOMAS COMPETENCIA DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPLEO
Expedición de títulos académicos no universitarios
Ver procedimiento de solicitud y tasas
Expedición de títulos de Enseñanzas Artísticas Superiores
- Impreso de solicitud: a proporcionar por el centro donde ha finalizado los estudios
- Impreso de abono bancario de la tasa y justificante de pago
Expedición de certificados de Superación de las Enseñanzas de Idiomas
- Impreso de solicitud: a proporcionar por el centro donde ha finalizado los estudios.
- Impreso de abono bancario de la tasa y justificante de pago. Elige el órgano gestor, selecciona la tasa correspondiente a su nivel y pulsa Continuar. Selecciona el tipo de bonificación en tu matrícula, si es el caso y Continuar.
Solicitud de duplicados:
La persona interesada deberá dirigirse al centro docente donde finalizó los estudios conducentes a la obtención del título que solicita, donde le proporcionarán la información necesaria.
Están exentos del pago de la tasa:
- La expedición de títulos duplicados y documentos por rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil
- Los contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial
- Los contribuyentes que sean personas que formen parte del alumnado y que hayan sido, ellos o sus padres, víctimas de actos terroristas
- Las contribuyentes que sean víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana
- Los contribuyentes que sean menores de edad y se encuentren sujetos al sistema de protección de menores o el sistema judicial de reeducación, así como los que, siendo mayores de 18 años de edad, hayan estado en el mismo en algún período de los tres años anteriores a la mayoría de edad
- Los contribuyentes que sean mayores de 16 años y menores de 18 años, y tengan a su cargo personas con diversidad funcional o menores de edad, ser víctima de explotación sexual o trata, o víctima de violencia intrafamiliar
- Los contribuyentes que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia
Homologación de títulos extranjeros
Informació Ministeri d'Educació i Formació Profesional
Consulta a los Registros de Títulos No Universitarios
NORMATIVA ESTATAL
- Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE núm. 238, de 04/10/1990
- Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE núm. 131, de 02/06/1995).
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 04/05/2006).
- Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 307, de 22/12/2009).
NORMATIVA AUTONÓMICA
- Decreto 182/1997, de 3 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Registro de Títulos Académicos y Profesionales de la Comunidad Valenciana (DOGV núm. 3019, de 23/06/1997).
- Orden 85/2010, de 15 de noviembre, de la Conselleria de Educación, por la cual se regula el procedimiento para la expedición de los títulos académicos y profesionales cuya gestión corresponde a la Generalitat (DOCV núm. 6405, de 25/11/2010).
- Decreto 242/2019, de 25 de octubre, de establecimiento de las enseñanzas y del currículum de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana. (DOGV núm. 8672, de 07/11/2019).
- Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas (DOGV núm. 8202 de 30/12/2017).
- Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación. (DOGV núm. 9327, de 28/04/2022).
- Decreto Ley 7/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se modifican determinados preceptos de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022 y del Decreto ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell, para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación, en materia de educación. (DOGV núm. 9405, de 16/08/2022).