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Asociaciones y entidades sin finalidad lucrativa

Asociaciones y entidades sin finalidad lucrativa

Ayudas económicas de la Generalitat para el fomento del valenciano en instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social.

Bases reguladoras

  • Bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social.
  • Modificación de las bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del valenciano y del multilingüismo en el ámbito social.


2023

1. Convocatoria

  • Resolución de 23 de enero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social, para el año 2023 (DOGV número 9522, de 30.01.2023).

 

2. Acceso a la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes ha finalizado.

 

3. Requerimiento de enmienda de las solicitudes

 Trámite finalitzado.

 

4. Propuesta de resolución provisional de concesión de la subvención para el fomento del valenciano en associasions, entidades sin finalidad lucrativa. 

 Trámite finalizado.

 

5. Resolución de concesión.

Aquí debajo podéis consultar la resolución de concesión de la subvención para el fomento del valenciano en asociaciones, entidades sin finalidad lucrativa y proyectos singulares para cada una de las modalidades

  • Modalidad A. Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
  • Modalidad A. Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Corrección de errores. 
  • Modalidad B. Universidades y Redes Universitarias.
  • Modalidad C. Entidades y centros del exterior de la Comunidad Valenciana. 
  • Modalidad D. Proyectos singulares.

 

6.  Documentación para la justificación de la subvención.

 

MODALIDAD A: Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. 

 

MODALIDAD B: Universidades y Redes Universitarias.

 

MODALIDAD C: Centros Valencianos en el exterior. 

 

MODALIDAD D: Proyectos singulares.

 

Para dudas, podéis enviar un correo a: serveidepromocio@gva.es. En el asunto indicad: Asociaciones.

Preguntas frecuentes

1. Tenéis que descargar los formularios o las plantillas requeridas (así como preparar otros documentos que sean necesarios, rellenarlos, firmarlos, si procede, por las personas que, según el tipo de documento, sea procedente, y guardarlos en vuestro ordenador para tenerlos.

 

2. Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, tenéis que iniciar el trámite telemático haciendo clic en el icono superior de «Tramitación telemática», que os llevará a identificaros mediante el asistente de tramitación.

 

PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:

a) Tenéis que rellenar el formulario de datos generales.

b) Rellenáis los Criterios valorables cuantificables de los programas por los cuales solicitáis la subvención.

b) Anexáis los formularios y la documentación que previamente os habéis descargado y habéis rellenado. Si habéis marcado que sois nuevo perceptor o habéis cambiado el número de cuenta bancario, tenéis que adjuntar la domiciliación bancaria.

c) Haced clic sobre el botón "Registrar" (os facilitará el número de registro, la fecha, el lugar y la hora de presentación).

d) Guardáis e imprimís (si queréis) el justificante de registro.

De acuerdo con el artículo 27.4 de la orden de bases, hay que justificar el presupuesto total solicitado. En caso de justificar gastos por un importe que no sea igual o superior en el presupuesto total de las actividades previstas, se procederá a la minoración de la subvención proporcional a los gastos efectivamente justificados.

En la columna "Importe que se aplica a la justificación" del apartado C del anexo III de la convocatoria de subvenciones para el fomento del valenciano para las instituciones, entidades y asociaciones sin finalidad lucrativa y para las personas jurídicas públicas y privadas que realizan proyectos singulares de fomento del multilingüismo en el ámbito social, tenéis que poner si el importe es con IVA/IRPF o sin IVA/IRPF.

 

La concurrencia otras subvenciones se tiene que declarar en el apartado D.7 del anexo III.

 

Solo en el espacio reservado en el apartado C. En ningún caso en el apartado E, espacio reservado para la Administración.

De acuerdo con el artículo 4.2 de la orden de bases: «las entidades beneficiarias tienen la obligación de comunicar a la consellería concesionaria de la subvención otras ayudas y subvenciones obtenidas otros organismos, así como otros recursos o ingresos para la misma finalidad. Si no ha recibido ninguna otra subvención, tiene que presentar una declaración responsable que lo acredite».

En el formulario de datos generales, al cual accederéis cuando iniciéis el trámite telemático, encontraréis el apartado «G-Declaración de ayudas solicitadas o recibidas para este proyecto o actividad», donde podéis declarar la información a la cual hace referencia el artículo 4.2 de la orden de bases.

Si el espacio reservado no es suficiente, anexáis a la solicitud una declaración responsable específica con esta información.

El anexo I reserva espacio donde tenéis que consignar la información imprescindible y necesaria de una memoria y del presupuesto detallado.

Podéis descargar el Anexo I «de Impresos asociados» o en el momento de «Documentar».

Si el espacio reservado en el Anexo I no os es suficiente, anexáis a la solicitud un documento extra con información relativa a estos puntos.

En la pantalla de la tramitación telemática de «Criterios valorables cuantificables».

Lo podéis consultar en el apartado octavo de la resolución.

En la tramitación telemática después de rellenar la solicitud general se os pedirán como «Criterios valorables cuantificables».

Rellenáis todos los ítems de los programas por los cuales solicitáis subvención.

En el «Título» tenéis que poner el nombre de la entidad, excepto en la modalidad D que tenéis que poner el nombre del proyecto.

- Indicáis la cantidad de acciones en el apartado de Criterios valorables cuantificables que os aparecerá en la tramitación telemática después de la solicitud general.

 

- Las acciones indicadas en Criterios valorables cuantificables se tienen que explicar en el punto 1 del anexo Y, en el apartado: «La información referida a las actividades y el material de difusión y las páginas web».

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