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Evaluaciones LOMLOE

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE), propone la realización de dos tipos de evaluación del sistema educativo: evaluación general del sistema y evaluación de diagnóstico. Ambos tipos de evaluación, tienen como objetivo recopilar información sobre el sistema educativo mediante la valoración de las competencias adquiridas por los estudiantes con relación a su contexto socioeconómico y familiar. Los resultados de las evaluaciones generales del sistema educativo pretenden impulsar procesos de innovación y compromisos de revisión y mejora de la educación en todo el sistema.

Según recoge el artículo 140, la finalidad de la evaluación «no podrá amparar que los resultados de las evaluaciones del sistema educativo, independientemente del ámbito territorial estatal o autonómico en el que se apliquen, puedan ser utilizados para valoraciones individuales del alumnado o para establecer clasificaciones de los centros».

En definitiva, se trata de valorar de que manera el sistema educativo prepara al alumnado para progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo y asumir su papel como parte de una ciudadanía comprometida en la sociedad del siglo XXI.

 

Evaluación general del sistema educativo

Estas evaluaciones, reguladas en el artículo 143 de la LOMLOE, se realizarán en 6.º curso de Educación Primaria y en 4.º curso de Educación Secundaria Obligatoria, con carácter muestral y plurianual.

El Instituto Nacional de Evaluación Educativa establecerá, en colaboración con los departamentos y órganos de evaluación educativa de las comunidades autónomas, los estándares básicos metodológicos y científicos que garanticen la calidad, validez y fiabilidad de las evaluaciones, y la Conferencia Sectorial de Educación velará para que se realicen con criterios de homogeneidad. Estas evaluaciones permitirán obtener datos representativos del alumnado, de los centros de las comunidades autónomas y del conjunto del Estado, y tratarán sobre las competencias adquiridas por los alumnos y alumnas. Tienen carácter informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Puesto que al finalizar las distintas etapas educativas resulta de interés conocer el nivel de adquisición de las competencias clave por parte del alumnado a nivel global (nacional o de comunidad autónoma) y no de forma individualizada, parece adecuado que esta evaluación se configure a partir de los descriptores operativos en los que se expresan estas competencias, explícitamente presentes en el Perfil de salida del alumnado al terminar la educación básica.

En la actualidad se está trabajando en la elaboración de los marcos de evaluación, en las pruebas para estas evaluaciones y los cuestionarios de contexto. Próximamente se harán públicos estos marcos de evaluación y modelos de unidades de evaluación.

En mayo y junio de 2023 se realizará el trabajo de campo de la evaluación inicial, que servirá como piloto de estas evaluaciones.

 

Evaluación de diagnóstico

Los artículos 21 y 29 de la LOMLOE regulan las Evaluaciones de diagnóstico. Tienen carácter formativo e interno. Las realizarán desde el curso 2023-2024 todos los centros educativos y en estas participará todo el alumnado matriculado en el sistema educativo español en los cursos a los que esta se dirige a:

  • Cuarto curso de Educación Primaria
  • Segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria

En la evaluación participará todo el alumnado, es decir, tiene un carácter censal.

  • La realización de estas evaluaciones es responsabilidad de las administraciones educativas, que las desarrollarán y controlarán en los centros que dependan de estas. Además, las Administraciones educativas proporcionarán los modelos y apoyos necesarios para que todos los centros puedan realizarlas de modo adecuado.

  • Se comprobará, al menos, el grado de dominio de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. Tienen carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa.
  • Las administraciones educativas promoverán que los centros educativos tengan en cuenta los resultados de estas evaluaciones en el diseño de sus planes de mejora. Estos incluirán propuestas de actuación que contribuyan a que el alumnado alcance las competencias establecidas, permitan adoptar medidas de mejora de la calidad y la equidad de la educación y orienten la práctica docente.
  • En la realización de los marcos teóricos comunes que servirán de referencia para estas evaluaciones colaborarán el Instituto Nacional de Evaluación Educativa y los organismos correspondientes de las administraciones.
  • El INEE será el responsable de la realización material de estas evaluaciones en el ámbito de competencia del MEFP (Ceuta, Melilla, CIDEAD y centros docentes de titularidad del Estado español en el exterior).

En la actualidad se está trabajando en la elaboración de los marcos de evaluación y en las pruebas para estas evaluaciones. Próximamente se harán públicos estos marcos de evaluación y modelos de unidades de evaluación.

 

Legislación vigente