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Requisitos de acceso

Requisitos de acceso

GENERALES

A. Titulación equivalente al graduado en ESO y BACHILLERATO

B. Prueba de acceso para aquellos alumnos que no cumplan el requisito académico

  • Para acceder al nivel I, el alumno debe realizar una Prueba de acceso al grado medio y contar con 17 años cumplidos. Los contenidos de la prueba para el nivel I tomarán como referencia los objetivos generales y los vigentes currículos de la ESO.
  • Para acceder al nivel III, el alumno debe realizar una Prueba de acceso al grado superior y contar con 19 años cumplidos. Los contenidos de la prueba para el nivel III tomarán como referencia los objetivos generales y los vigentes currículos de bachillerato.

Anualmente se realiza una convocatoria por la que se establecen y convocan las normas para su realización. Esta es competencia directa de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte - Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

ESPECÍFICOS

C. Prueba de acceso al Bloque Específico

Para acceder a las formaciones de las modalidades o especialidades deportivas los aspirantes deberán superar una prueba de carácter específico o la acreditación de méritos deportivos que figuran en el PLAN FORMATIVO, para cada nivel formativo, publicado por el Consejo Superior de Deportes.

La superación de la prueba de carácter específico y, en su caso, la acreditación de los méritos deportivos, deberán referirse únicamente a la posesión de un dominio técnico relacionado con la modalidad o especialidad deportiva suficiente para cursar con aprovechamiento y seguridad el nivel de formación deportiva correspondiente.

El plan de formación deportiva de cada modalidad o, en su caso, especialidad deportiva, determinará la estructura, los contenidos y los criterios de evaluación de las pruebas de carácter específico, el perfil de los técnicos valoradores, así como los méritos deportivos exigidos para el acceso al nivel correspondiente y el procedimiento de acreditación.

Colectivos exentos de la prueba de acceso al Bloque Específico:

De acuerdo a lo establecido en el artículo 12 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, quienes acrediten la condición de deportista de alto nivel o deportista de alto rendimiento que establece el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento y las personas incluidas en las listas de deportistas de élite alta competición de la Comunitat Valenciana (art. 13 - Decreto 39/2020, de 20 de marzo) con la calificación vigente, estarán exentos de cumplir los requisitos de carácter específico para tener acceso a las formaciones deportivas en la modalidad o especialidad correspondiente.

Acceso de alumnos con una titulación académica de otro país:

  • Todos aquellos alumnos que posean una titulación académica correspondiente a otro país, deberán solicitar previamente la homologación o convalidación al sistema educativo español de los estudios que acreditan.
  • Para ello deben dirigirse en el Ministerio de Educación y Formación Profesional a la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones.
  • También a través del Centro NARIC España, se puede obtener información sobre el estado de un proceso de homologación, equivalencia, reconocimiento o acreditación.
  • En la Comunitat Valenciana la oficina de atención al público se encuentra en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno (Área de Alta Inspección de Educación) y allí pueden recogerse los impresos y presentar la correspondiente solicitud.
  • Sedes en la Comunitat Valenciana:

     ALICANTE. Subdelegación del Gobierno (Alta Inspección de Educación)
     Avenida  Federico Soto, 11 - (03071- Alicante) - correo@: educacion.alicante@sede.gob.es

     CASTELLÓN. Subdelegación del Gobierno
     Plaza de María Agustina, 6 - (12071 - Castellón).

     VALENCIA. Delegación del Gobierno (Alta Inspección de Educación)
     C/ Joaquín Ballester, 39 - (46009 - Valencia) - correo@: educacion.valencia@sede.gob.es